jueves, 21 de octubre de 2010

El bebé ya está aquí.... ¿qué trámites legales hay que cumplir???

¡Enhorabuena! Para este momento, ya serás mamá. Ahora sólo queda cumplir con los requisitos que la ley te marca para "oficializar" su llegada al mundo, y te aseguro que tu pareja será de gran ayuda en estas labores... Pídele que siga atentamente los siguientes pasos, y, en caso de que él no pueda encargarse de ello, hazlo tú aprovechando tus primeros paseos con tu bebé... No es un tema difícil de tramitar, pero sí engorroso por aquello de que exige varios desplazamientos a instituciones públicas y bastante tienes con sobrevivir a los primeros momentos de adaptación a tu nueva vida como mamá. Pero no te agobies, simplemente con tener claro los pasos que hay que realizar y hacerlo con calma y sobre todo, mucha tranquilidad.... ¡este apartado estará superado en menos tiempo del que te parece! Te recomiendo que sigas los siguientes pasos en el orden en el que te los presento, pues tienen su lógica... Te evitará repetir visitas... Otra recomendación: prepara con antelación toda aquella documentación que puedas... ¡ahorraras viajes y ganarás tiempo! Así que... Adelante:

  • Solicita impresos para la Prestación de Paternidad y Maternidad: esto lo puedes hacer antes de que nazca tu bebé. 
    • Dónde: se solicitan en tu oficina correspondiente del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de tu ciudad. Para más información, puedes consultar la página oficial del INSS, (www.seg-social.es)
    • Documentación a aportar: Ninguna.
  • Inscribe a tu bebé en el Registro Civil: es el primer paso a dar tras el nacimiento de tu bebé, debe realizarse entre 24 horas y 8 días después del parto. Te recomiendo que solicites además algunas copias compulsadas del Libro de Familia actualizado, porque puede ser necesario más adelante. Además, preocúpate después de fotocopiar varias veces el nuevo Libro de Familia, por si las moscas... Nunca está de más prepararse a lo que puedan pedirte más adelante.
    • Dónde: en el Registro Civil de tu ciudad (generalmente ubicado en el Juzgado)
    • Documentación a aportar: Libro de familia (de los padres), Declaración de Nacimiento (entregada por el hospital o clínica), original de ambos DNI de los padres.
  • Empadrona al niño: El padrón municipal es el registro administrativo donde figuran todos los vecinos que viven o residen habitualmente en ese municipio. Sus datos son una prueba de la residencia en tal municipio. Te recomiendo aproveches este momento para solicitar los certificados de empadronamiento de todos los miembros de tu familia... nunca está de más contar con información completa de todos....
    • Dónde: en el Padrón municipal de tu ciudad.
    • Documentación a aportar: Libro de familia actualizado (padres e hijo), original de ambos DNI de los padres.
  • Solicita la Prestación de Paternidad y Prestación de Maternidad: rescata los formularios que habías pedido antes de dar a luz y cumpliméntalos con atención para entregarlos de nuevo en la oficina del INSS que te corresponda. La Prestación por Paternidad implica una baja de 15 días, mientras que la Prestación por Maternidad implica una baja de 4 meses. En ese mismo momento, abrirán una cartilla de Seguridad Social a tu bebé y te entregarán una serie de papeles que deberás llevar al ambulatorio de la Seguridad Social donde estará inscrito el niño.
    • Dónde: en tu oficina correspondiente del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de tu ciudad.
    • Documentación a aportar:  El impreso de la Prestación  de Paternidad debidamente cumplimentado, el impreso de la Prestación de Maternidad debidamente cumplimentado, el Libro de Familia actualizado (padres e hijo), original de ambos DNI de los padres, cartilla de Seguridad Social del niño y Certificados de Empadronamiento de todos. Por último, se solicitarán los justificantes de los tres últimos pagos a la S.S. sólo para para autónomos.
  • Solicita hora para la primera revisión médica del niño (salvo en caso de pediatra privado): es importante que tu bebé figure desde el primer momento en las listas de Sanidad Pública.
    • Dónde: Centro de Salud o Ambulatorio correspondiente a la zona en la que resides.
    • Documentación a aportar: Certificado de Empadronamiento del niño, Tarjeta de Osakidetza de la madre (por si acaso) y Los papeles que te han sido entregados previamente en el INSS.
  • Realiza el Alta en el seguro privado familiar (si cuentas con él): simplemente con realizar una llamada y entregar la documentación que ellos te soliciten realizarás el alta automática de tu hijo en el seguro privado que hayas contratado.
A grandes rasgos, éste es el conjunto de trámites legales que debes realizar sin falta tras la llegada de tu bebé. Omito la posibilidad de solicitar la ayuda del Estado de 2.500€ o "cheque bebé" que fue eliminado hace ya algunos meses, pero infórmate también sobre si existen ayudas por parte de tu Comunidad Autónoma o del Estado que puedas solicitar.

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